Aclaraciones sobre la legalidad de la convocatoria del 8 de Marzo

La huelga del 8 de marzo ha sido convocada con carácter general y con una duración de 24 h por las organizaciones sindicales CNT y CGT. Las dos grande centrales sindicales solo se han limitado a convocar paros parciales de 2 horas.

Todas las trabajadoras que quieran sumarse a la huelga general estarán respaldadas legalmente para ejercer su derecho ha huelga el 8 de Marzo.
Al tratarse de una huelga general, no es necesario el realizar un comunicado individual a la empresa, aunque las secciones sindicales de CNT pueden hacerlo. En este tipo de huelgas los comunicados ha de hacerse ante la autoridad laboral estatal y la asociación que represente a los empresarios en este ámbito. Así CNT está trasladando la convocatoria de huelga a las distintas patronales y las distintas administraciones, además de dar la adecuada difusión publica a la convocatoria.

Si tienes más dudas, o quieres asesorarte sobre como participar en la huelga en tu empresa o sector, contacta con nosotras;Calle Emili Botey Alsina, 14, 08402 Granollers, Barcelona de Lunes a jueves: 18:00 a 20:00

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A la Huelga compañeras, Juntas Paramos, Juntas Avanzamos.

 

CNT Vallès Oriental